Una demanda contra el gigante Google presentada por la conductora Natalia Denegri ante la Corte Suprema puso nuevamente en el tapete el debate por la privacidad en la era digital. Denegri, quien fuera expuesta públicamente en los años 90, en la causa penal contra representante de Diego Maradona, Guillermo Coppola, y estuviera presa tres meses en 1996, pidió que el contenido que la vincula con esos hechos sea eliminado de los buscadores informáticos. La conductora argumenta su solicitud en el “derecho al olvido”
El abogado especializado en derecho digital y protección de datos personales, Fernando Tomeo” explica que dicho derecho permite a una persona solicitar que se quite de Internet información sobre sí misma y preservar de este modo sus datos personales, su información y su privacidad.
Por su parte la abogada Lorena González Tocci precisó que el peligro del derecho al olvido consiste en propiciar una herramienta que posibilite a las personas públicas o mediáticas “construir un pasado a su medida”.
“No puede ser admitido para aquellos que deciden exponerse públicamente, como una herramienta hábil para exigir que se construya un pasado digital a gusto invocando supuestas afectaciones a su honor por los ecos digitales de su pasado mediático que prefieren olvidar”, alertó la abogada.
Según González Tocci este derecho “está pensado para aquellas situaciones excepcionales en las que las injerencias en el derecho al honor son desproporcionadas en comparación a los intereses que protegen la libertad de información y expresión”.
El caso Cóppola
Denegri, que actualmente reside en Miami y es propietaria de un restaurante, inició la causa hace dos años para que Google desindexe de su nombre y apellido «contenidos con escenas de violencia, agresiones y amenazas entre mujeres” que hayan salido en programas de televisión y que estén relacionados con el llamado «Caso Coppola», señaló su abogado.
“En julio de 2020, tras dos décadas tratando el caso y justo cuando comenzó a avanzar el pedido a la justicia contra Google, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 5 reconoció que fui la única víctima de todo esto, porque siendo menor fui utilizada», afirmó Denegri.
La justicia, tanto en primera como segunda instancia, falló en favor de Denegri pero Google apeló y el caso está en la Corte Suprema de Justicia (CSJN) que, además de resolver esta cuestión, fijará un precedente sobre si las pueden pedir a los buscadores que dejen de publicar noticias del pasado que consideran perjudiciales.
En esos fallos previos se admitió los daños que causaba actualmente a la conductora la difusión de distintos materiales de su pasado mediático de los años 90. Además, se admitió que la productora «fue víctima de una maniobra delictiva mediante la cual le implantaron pruebas falsas y la privaron de su libertad de manera ilícita», explicó el abogado.
Por su parte Denegri aclaró que “no estoy pidiendo que borren noticias de la época. Soy periodista, jamás iría en contra de la libertad de expresión. Lo que pido es que al buscar mi nombre no aparezcan videos de la época que no transmiten nada informativo ni de interés público, y que por el contrario promueven la violencia de género y la violencia digital” y remarcó que en el caso Coppola “yo fui la única víctima como quedó establecido en sede penal y en contencioso administrativo”.
Desde el gigante informático se dio a conocer un comunicado en el que señalaba que «el fallo de la Cámara Nacional, Sala H, confirma una sentencia que nos había ordenado desindexar ciertas URLs vinculados con parte del pasado mediático de la actora, dejando a salvo contenido de interés público relacionado a un caso judicial de amplia repercusión en su momento».
La compañía aclaró que «pese a que la sentencia no tiene contenido económico, estamos evaluando recurrir ante la Corte Suprema porque la Cámara nos ordena remover contenido legal, por ejemplo fragmentos de programas televisivos de tipo periodístico, artístico o humorístico, los que forman parte del acervo cultural más allá de la valoración subjetiva que se haga sobre sus méritos y buen gusto».
«Es importante un debate más profundo sobre esta decisión para evaluar las consecuencias de habilitar la desindexación de contenido legal relacionado a hechos de amplia repercusión pública», finaliza el texto.
