El ENRE priorizó empresas sobre usuarios

Según un informe de la Auditoría General de la Nación (AGN) sobre la gestión 2016 del  Ente Nacional Regulador de Electricidad (ENRE), este organismo «priorizó la rentabilidad de las empresas» por sobre el de los usuarios.

La AGN analizó la revisión tarifaria integral que establece el precio a pagar por el servicio y determinó que la misma se efectuó con datos brindados principalmente por las empresas distribuidoras Edenor y Edesur. El informe se aprobó por mayoría dividida, con cuatro votos a favor y tres en contra.

Según detalla el documento, uno de las tareas principales que tiene el ente regulador es defender los derechos del usuario. “para lo cual cuenta con herramientas expresas e implícitas que surgen de los principios de proactividad y especialidad” señaló el organismo de contralor.

Al respecto  la AGN «evidenció que los derechos de los usuarios no fueron atendidos adecuadamente durante el proceso de la revisión de tarifas” y precisó que se produjo en tres aspectos: falta de relación entre los aumentos tarifarios y las metas de disminución de cortes exigidos a las empresas; modificaciones injustificados en los componentes de la fórmula utilizada para el cálculo de las bonificaciones a los usuarios por cortes de suministro de energía y negligencia del ENRE frente a demoras de las distribuidoras en informar sobre el cumplimiento del proceso de acreditación de las bonificaciones por cortes de suministro de energía en las cuentas de los usuarios activos y el depósito correspondiente a los usuarios dados de baja.

Para la Auditoría, el ENRE desconoció su deber legal de proteger adecuadamente los derechos de los usuarios.

La auditoría además remarcó que los incrementos tarifarios se realizaron al comienzo e inclusive antes de la revisión y que llegaron a un nivel promedio de casi 2.300% en agosto de 2018. “En contraste, las mayores exigencias en cuanto a la reducción de los cortes de suministro se dieron recién a partir del mes de marzo 2019”, se señala en el informe.

Durante la revisión tarifaria el ENRE no adjuntó un análisis sobre el impacto tarifario en el nivel de la competitividad en la industria. Para la AGN esto significa que “ha desconocido su deber legal de proteger adecuadamente los derechos de los usuarios”.

El organismo de control indicó los aumentos de los precios de generación y transporte se trasladan a las tarifas “sin considerar las características propias (ingresos, recursos, ubicación, etc) de cada categoría de usuario, tampoco resultan equivalentes o proporcionales a la evolución del resto de los factores que afectan la economía de la población”.

Por otra parte el ente de control manifestó que «las modificaciones a la Tarifa Social disminuyeron su cobertura, deteriorando la protección económica a la población vulnerable, lesionando el principio de asequibilidad de la tarifa”.

Demoras y falta de control

En 2016 por medio de la Resolución 54/16, el ENRE llamó a concurso público para contratar servicios de consultoría que realicen la Revisión Tarifaria Integral (RTI). Para esa labor se debía emplear a una consultora  independiente de reconocida experiencia en el sector. Finalmente se adjudicó el contrato a la firma consultora Quantum S.A. por considerarse la oferta más adecuada.

Uno de los primeros descubrimientos de la AGN fue que la consultora inclumplió con las fechas de entrega de las tareas. Según el organismo de control, se registraron retrasos de hasta 94 días corridos y no se observaron intimaciones. “Quantum presentó con 80 días de retraso un informe final parcial y el informe final completo con 100 días de demora”, subrayó.

La revisión de tarifas se llevó adelante a partir de información provista casi exclusivamente por las empresas, sin realizar controles.

Durante el proceso de revisión el ENRE no solicitó  controles o auditorías con la finalidad de disminuir las asimetrías informativas existentes por la falta de informes. “El Ente definió el nivel de remuneración de las distribuidoras (CPD) con tarifas en base a informes con faltantes, omisiones o correcciones respecto de la información recibida de las distribuidoras”, sostuvo la AGN y señaló que la revisión tarifaria tuvo lugar basándose en información suministrada casi totalmente por las empresas.

De esta forma el ENRE aprobó costos operativos superiores a los reales de las distribuidoras, lo que conllevó una sobreestimación de los mismos y un mayor reconocimiento a incluir en la remuneración de las distribuidoras (CPD) para el cálculo del cuadro tarifario. Esto sucedió debido a que la consultora confeccionó un modelo de empresa para cada distribuidora y estimó cuáles serían sus gastos para el quinquenio.

La Auditoría verificó que el ENRE aprobó costos operativos mayores a los costos reales de las distribuidoras, lo que provocó sobreestimación que llegó a 31.77% y 19.71% para EDENOR y EDESUR, respectivamente. “En la medida en que tal sobreestimación no se corresponde con gastos reales, es esperable que ésta pase a incrementar la rentabilidad aprobada en el concepto de remuneración al Costo de capital”, destacó el informe.

El Factor Q

Además la AGN señaló que faltó reglamentar “el Factor Q”, que define el incremento de la remuneración de las distribuidoras de acuerdo al cumplimiento del plan de inversiones. También se omitió la publicación de los antecedentes de valuación de los bienes asignados a los Planes de Inversión. Estas dos cuestiones constituyen incumplimientos a las Resoluciones ENRE 63/17 y 64/17 y al artículo 56, inciso p) de la Ley que establece el régimen de energía eléctrica.

Asimismo, se determinó que “el Factor Q resulta inadecuado para detectar modificaciones en el desarrollo de las obras por parte de las empresas y esta limitación impide al ENRE tomar decisiones oportunas frente a tales cambios”. Esto significa que el Ente no puede garantizar que las concesionarias realicen las obras de calidad comprometidas.

Finalmente la Auditoría constató que la demora significativa en el dictado del régimen sancionatorio previsto en las Resoluciones ENRE 63/17 y 64/17 privó al Ente ejercer su potestad sancionatoria en el momento de efectuarse la primera aplicación del Factor Q. La AGN concluyó que la importancia de esto reside  en que, “la oportuna y adecuada aplicación de sanciones es relevante a los fines de evitar que las distribuidoras tengan incentivos económicos a no ejecutar plenamente el plan de inversiones”.

Mayoría dividida

En la sesión ordinaria del 14 de octubre de 2021 del Colegio de auditores de la AGN se trató el informe y fue aprobado con cuatro votos a favor (Fernández, Forlón, De la Rosa y Mihura Estrada) y tres votos negativos (Nieva, Pichetto y el presidente Jesús Rodríguez).

Estos últimos manifestaron en que la problemática de las tarifas energéticas en Argentina se repite constantemente de gobierno a gobierno. Según  Alejandro Nieva, “va de una banquina a la otra, a través de distintos gobiernos, sin que se pueda resolver la ecuación que permita mejor calidad del servicio, tarifas justas y razonables y equidad en la distribución de los subsidios”.

Por su parte, el ex senador Miguel Angel Pichetto  se refirió a “deudas que no se pagan” y “endeudamientos de las distribuidoras, con subsidios exorbitantes”, atribuible a un “cuadro histórico que la Argentina tuvo y que se desarrolló fuertemente desde el año 2011 al 2015”.

Como presidente de la comisión a cargo del informe, Gabriel Mihura Estrada estuvo de acuerdo en lo delicado de la cuestión y  puntualizó que “no está en discusión la necesidad de hacer la Revisión Tarifaria Integral; por el contrario, el informe parte de esa necesidad y lo que analiza es cómo se realizó”.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *